Sentencia del 14 de febrero del 2001
"Caso Cosa Juzgada"


Esta sentencia es otro ejemplo de la carencia de conocimiento de nuestro sistema de impartición de justicia sobre la transexualidad, amén de la falta de diligencia en la dirección del caso por parte de los abogados que representaron a esta persona. Aprovecho la ocasión para reiterar que es muy importante que los abogados que representen a una persona transgénero o intersexual en los tribunales, conozcan sobre la temática para poder aportar los elementos de prueba idóneos que sirvan en el ánimo del juez para dictar una sentencia favorable a los intereses de la persona que interponga una demanda.

Así pues, es el caso de un hombre biológico que se sometió a una cirugía de reasignación sexual con la finalidad de adecuar su acta a la realidad social con base en su identidad genérico femenina. La juez desestimó su acción intentada toda vez que no acreditó los hechos constitutivos de sus pretensiones en los siguientes términos:



“ En efecto pues, la actora no ofreció prueba alguna para acreditar la necesidad que tuvo para realizarse la operación de reasignación sexual, que da pie al cambio de sexo, y en consecuencia también a su cambio de nombre, resulta que debe estimarse el hecho de la operación como capricho...”, amén de que el nombre “... no lo ha venido utilizando en todos los actos de su vida, sino como se ha apuntado, a partir de la conclusión de la operación que se le practicó, de tal manera, que si se declarara procedente la acción deducida, se rompería la relación y nexo entre la persona que hubo sido desde su nacimiento hasta los “x” años de edad, con la persona que pretende ser ahora, lo que pudiera ser causa de hechos fraudolentos, al desaparecer jurídicamente “x” y ser ahora “y”, por lo que se reitera, habrá lugar a declarar improcedente la acción intentada, ya que no se ha justificado su procedencia y si en cambio se justificaron las excepciones y defensas de la parte demandada.”