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Editorial

México, Distrito Federal a doce de enero de dos mil nueve.

CARTA ABIERTA

UN PARADIGMA: LA RESOLUCIÓN DE LA SCJN SOBRE TRANSEXUALIDAD

A través de este medio quiero externar mi más profunda felicitación a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el fallo que emitió el pasado 6 de enero del presente año en el cual decidió amparar por unanimidad de votos a una persona transexual con el objeto de que se le expida una nueva acta de nacimiento acorde a su identidad sexo-genérica y queden reservados sus datos marginales en el acta primigenia.

Este fallo enaltece el carácter laico del Estado y marca un precedente en la historia de los derechos fundamentales de las personas transexuales de México, amén de sumarse al discurso internacional en materia de derechos humanos y al movimiento por la reivindicación de los derechos de las personas transgenéricas y transexuales.

Sin lugar a duda, este es el inicio para que futuros casos tengan como marco de referencia este precedente que permita el día de mañana la conformación de jurisprudencia. Asimismo, insta a las entidades federativas a llevar a cabo las reformas necesarias a sus Códigos Civiles, como es el caso del Distrito Federal, para que realicen las adecuaciones conducentes que permitan resguardar el derecho a la privacidad y a la no discriminación en armonía con el artículo 1° Constitucional.

De igual forma, invita al H. Congreso de la Unión para que retome la elaboración del proyecto de dictamen en positivo sobre los derechos de personas transexuales y transgenéricas con el objeto de que México cuente con una ley de orden federal sobre la materia.

Finalmente, quiero agradecer a la persona transexual que me permitió llevar este caso hasta el máximo Tribunal del país después de cinco años de espera, así como a los peritos especializados que participaron en el juicio y a los medios de comunicación por el profesionalismo en la cobertura de este caso, resguardando hasta el momento la identidad de la persona en apego respeto a su privacidad.

TRANSEXUALEGAL

Lic. Victor Hugo Flores Ramírez

Última Actualización:
Mayo de 2009



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